El Colegio
Institución · Historia · Autoridades
Delegaciones
El Colegio en tu región
Organismos
Áreas y servicios institucionales
Trámites
Gestiones y herramientas
Menú
Novedades

Importante actualización aranceles profesionales

IMPORTANTE Resolución Nº 73/2024 Resistencia, Chaco · 25 de octubre de 2024

Importante actualización aranceles profesionales indicativos

Importante: actualización aranceles profesionales indicativos Resolución Nº 73/2024. Ver aranceles indicativos.

Ver aranceles indicativos

Visto

La necesidad de actualizar los valores arancelarios vigentes desde el 1 de julio de 2024.

Considerando

  • Se registra una práctica consuetudinaria de establecimiento de aranceles mínimos obligatorios para el servicio notarial en la Provincia del Chaco.
  • Las resoluciones se sustentan en el Título VI – De la retribución de los servicios notariales – de la Ley Orgánica del Ejercicio de la Profesión Notarial de la Provincia del Chaco, su reglamento y normas concordantes.
  • La facultad de reglamentación en materia arancelaria se fundamenta en la naturaleza pública del Colegio Profesional (art. 121 de la Ley N° 323-C).
  • Se delegó en el Colegio de Escribanos la competencia para ejercer el poder de policía sobre la profesión notarial.
  • La reglamentación arancelaria ejercida fue ratificada por el Poder Ejecutivo Provincial.
  • Resulta necesario actualizar alícuotas y valores fijos por el tiempo transcurrido y el proceso inflacionario.
  • Se requiere establecer pautas objetivas que protejan al usuario del servicio y al profesional que lo presta.

Resuelve

Artículo 1°) Aprobar los aranceles indicativos que se detallan, operativos para su cobro a partir de la recepción de la presente y, a los efectos de los aportes de Caja Notarial, se considerarán a partir de la liquidación correspondiente al mes de diciembre de 2024.

Todas las escrituras, salvo actos con otro arancel determinado, tendrán como honorario mínimo el equivalente a un salario mínimo, vital y móvil (1 SMVM) vigente al momento de otorgar el acto. El Colegio publicará por su página web oficial la resolución pertinente del SMVM vigente y actualizará el sistema de información de planillas automáticamente cuando varíe.

Para fijar el importe de los honorarios se tomará el mayor valor entre el de la operación, valor fiscal o valor por superficie.

Se asigna un valor mínimo a la hectárea de inmuebles rurales de $30.000,00.

A dichos honorarios se adicionarán los montos por gastos, impuestos y tasas. Se encuentra vigente el Artículo Nº 17 y Nº 18 del Decreto Nº 2472/1975.

SMVM y aportes

El SMVM impactará a partir de enero 2026. El mínimo de aportes es equivalente al 20% del SMVM.

Se aclara que para el pago de aportes del mes de diciembre 2025 el SMVM se mantiene en $322.200,00 y el aporte mínimo de $64.400. Para el mes de enero 2026 se aplicará el SMVM del punto c) ($341.000) y el aporte mínimo será de $68.200.

Actualización del salario mínimo vital y móvil

Resolución N° 9/2025 RESOL-2025-9-APN-CNEPYSMVYM#MCH (02/12/2025). Artículo 1°:

  • 1 de noviembre 2025: $328.400
  • 1 de diciembre 2025: $334.800
  • 1 de enero 2026: $341.000
  • 1 de febrero 2026: $346.800
  • 1 de marzo 2026: $352.400
  • 1 de abril 2026: $357.800
  • 1 de mayo 2026: $363.000
  • 1 de junio 2026: $367.800
  • 1 de julio 2026: $372.400
  • 1 de agosto 2026: $376.600

Certificaciones de firmas y fotocopias

El Consejo Directivo resolvió el aumento del arancel de certificaciones de firmas y fotocopias a partir del 01 de diciembre de 2025. Los demás ítems de la Resolución 73/2024 permanecen sin modificaciones.

Concepto Tipo Importe
Certificación de firma común (cada una) Mínimo $35.000
Firma con representación (adicionar por cada acreditación) Fijo $40.000
Certificación de fotocopias · Una foja Fijo $20.000
Certificación de fotocopias · Fojas subsiguientes Fijo $10.000

Laura Karina Fogar

Presidente

Patricia M. Sanchez de Leon

Secretaria